http://www.muyinternet.com/2011/02/17/%C2%BFque-censura-practica-cada-pais-a-internet
Ayer os comentaba que este viernes aprobó el gobierno el anteproyecto
de la llamada "Ley de Igualdad de Trato" que podría someter todos los
ámbitos de la vida a los caprichos del gobierno.
Cuando digo "todos" me refiero también a los blogs. La inclusión de las
bitácoras en los ámbitos afectados por esta ley no es algo gratuito. El artículo
1 de ese ante proyecto señala de ese anteproyecto señala que dicha norma regulará los “derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas”. El Art.3 señala: “Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social”. Y el Art.4, en un absurdo intento de ponerle puertas al campo, afirma que “queda prohibida toda conducta, acto, criterio o práctica” que atente contra los amplísimos e incluso contradictorios conceptos de discriminación que contempla dicha ley. Veamos algunos ejemplos:
Una ‘ley comodín’ para tener la llave de la libertad de cualquiera
Como podéis observar, esta ley considera discriminación casi cualquier decisión que podamos tomar en nuestros blogs, o en cualquier ámbito de nuestra vida social. No es algo hecho por capricho, de forma accidental o fruto de la casualidad. Antes bien, estamos ante una “ley comodín” con la que el poder político podrá perseguir y castigar a cualquier ciudadano cuando le dé la gana, por casi cualquier causa: una eficaz herramienta legal para reprimir al discrepante, sobre todo teniendo en cuenta lo que vamos a ver a continuaciónos.Hay que tener en cuenta que el Art.37 crea la llamada “Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”, definiéndola cínicamente como una “autoridad independiente” que se encargará de aplicar esta ley. La curiosa “independencia” de esa autoridad queda en evidencia en el punto 4 del Art.38: “El nombramiento de la persona titular de la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación corresponderá al Gobierno mediante Real Decreto”. Al parlamento se le reserva un papel de mero florero en este nombramiento. ¿Cómo puede considerarse independiente un cargo así?
El acusado deberá probar su inocencia, como en la Inquisición
Para colmo, como señala el Art.28 de la ley y como comenté aquí en enero, el acusado de discriminación deberá probar su inocencia, lo cual viola el derecho a la presunción de inocencia que ampara el Art.24 de la Constitución Española. Esta inversión de la carga de la prueba supone una vuelta a los métodos de la Inquisición, cuando existía la llamada “prueba diabólica”, que dejaba a acusado en una total indefensión. Si tenemos en cuenta que, además, esto será competencia de un “inquisidor” designado por el gobierno, podemos hacernos una clara idea de para qué quiere aprobar el gobierno con tanta prisa una ley tan radicalmente antidemocrática como ésta.
Pero aún hay más: la disposición adicional primera de la ley modifica la LSSI, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, aprobada en 2002 durante el mandato de Aznar. En concreto se modifica el Artículo 11 de esa ley, relativo al “Deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación”. La modificación consiste en añadir un segundo párrafo en el que se establece que los tribunales podrán ordenar “medidas de restricción o interrupción de la prestación de servicios o de retirada de datos de páginas de Internet que contempla la presente ley” con el fin de “proteger los derechos de la víctima”. O dicho sea de otra forma: podrán bloquear el acceso a tu web o censurar parte de sus contenidos para dar satisfacción a la víctima de una “discriminación”.
Viendo los innumerables y hasta contradictorios conceptos de discriminación que establece este anteproyecto, la ya de por sí cercenada libertad en la red va a sufrir un recorte enorme con esta nueva ley. Para seros sincero, no entiendo que toda la movilización que hubo en su momento contra la LSSI y más recientemente contra la Ley Sinde no se esté produciendo ahora contra la Ley Pajín. Estamos ante una ley mucho peor que la Ley Sinde en lo que respecta a la libertad de los internautas. Al fin y al cabo, se trata de una ley que reinstaura los delitos de opinión, y para colmo encomienda su persecución a un cargo político designado a dedo por el gobierno, violando el derecho a la presunción de inocencia de todo acusado. Ni la Ley Sinde había llegado tan lejos en la agresión a nuestras libertades.
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